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CRONOLOGIA DE LOS HECHOS

lunes, 9 de agosto de 2010

CRONOLOGIA DE LOS HECHOS

09/10/06-Nos inscribimos en el Registro de demanda del IAPV, en Acción Social de la MVE - Yo trabajaba en la empresa Hierro San José.-

10/02/10-Nos reinscribimos en el Registro de demanda del IAPV, en Acción Social, para actualizar los datos - Se entregó toda la documentación que el IAPV exigía, según los requisitos del Anexo II y IV del descargo - Yo trabajaba en el HCD y se envió el recibo de sueldo donde figura mi cargo.-

26/04/10-Se publican los padrones provisorios para los reclamos - Mi nombre aparece en el cupo de "Municipales", como en el Anexo III. Notar que en el listado esta titulado como "municipales", no como "Municipales empleados de planta permanente" o algo por el estilo. Días después pregunto a alguien de Acción Social, les comento que me pusieron en ese cupo, pero me dicen que debe ser porque yo también soy empleado, y que de ultima el IAPV sabrá por qué me pusieron allí. Nadie hace un reclamo por mi situación. Los aspirantes se dividieron en cupo para "Municipales", "Policías", "Maestros", "Demanda libre".-

28/05/10-Se efectúa el sorteo de 39 de las 40 casas. Salgo favorecido en el cupo de los municipales, con la casa Nº 10 del barrio de la Cooperativa.-

06/10/10-Escucho noticias de que el sindicato de empleados municipales iba a presentar una denuncia diciendo que yo no era empleado municipal y que en el cupo en cuestión únicamente debían entrar los de planta permanente o contratados, quedando fuera los funcionarios.-

28/07/10-Se hace presente Souchetti y Sclezi en la oficina de Silva Cook y me dicen que como soy funcionario y para evitarme problemas, renuncie a la casa, ya que había una resolución por la cual no debería de haber participado en el cupo de "Municipales". Que para no notificarme sobre eso, me tren una notificación por una propiedad que figura a nombre de mi pareja. Como ya teníamos previsto eso, le digo que esa propiedad esta en usufructo, a lo que Scelzi dice que entonces por eso no habría problema. Hablando, Souchetti dice que yo podría haber entrado en el cupo de "Demanda Libre". Les pedí que me den la posibilidad de hacer el descargo. (Luego, a decir de Silvia Cook, ella interpretó la reunión como un intento de presionarme para que renuncie directamente). Llamo al IAPVCU y me dicen primero que no había problema, vuelvo a llamar y me dicen que a lo mejor si, el sindicato tiene razón pero que hable con el abogado del IAPV. Vuelvo a intentar comunicarme en tres oportunidades más, pero nunca estaba o estaba en reunión.-

03/08/10-Se entrega el descargo en el IAPV de C. del Uruguay. Consultamos a un empleado y nos dice que el problema por el error de categoría es del IAPV, y nos manda a hablar con el abogado. Hablamos con Scelzi, revisa el descargo y dice que esta bien, que es aceptado. Sobre el otro tema, dice que tiene orden de denegar la casa pero que todavía no armó la nota. Le pedimos que la envíe lo antes posible para hacer el descargo. Nos amenaza con que si hacemos un amparo el IAPV puede decidir no entregar ninguna casa.-

10/08/10-Se hace presente Scelzi en la oficina de Silva Cook y me entrega la nota en la que me notifican que no soy empleado de planta permanente haciendo referencia a la resolución 1217/09. Me deja una copia del anexo II que habla sobre el tema.-

11/08/10-Trato de conseguir una copia de la resolución completa. Llamo a Paraná pero me dicen que hay que pedirla en persona en la mesa de entrada. Llamo a un amigo para que vaya al IAPVCU y pida una copia de la resolución. Ese día va pero le dicen que vuelva al otro día. Al otro día lo mandan a hablar con Scelzi y le niega la copia diciendo que tenia que tener una nota de solicitud firmada por mi.-

17/08/10-En la oficina del IAPVCU, entrego el descargo. Pido para hablar con Scelzi pero me dicen que esta en reunión. En el mismo momento le pido a la secretaria que me entregue una copia de la resolución 1217/09. Ella va a pedirle la copia a Scelzi. En el interin, mientras esperamos la copia de la resolución, nos encontramos con el empleado que nombré el 03/08 y charlando me dice que el problema es político y que el que decide es el intendente, que el tiene que llamar y decir que a esa casa se entregue igual. Luego la secretaria nos dice que para entregar la resolución, tenemos que entregar una solicitud firmada, así que hago una nota a mano y la entrego. Luego de unos minutos me acercan la copia de la resolución completa.-

24/09/10-Le entregamos una copia del descargo al Gobernador Uribarri en su vista a Villa Elisa manejando el tren.-

26/09/10-El Gobernador responde vía mail que el tema se encuentra en estudio en el IAPVCU.-

28/09/10-Scelzi me entrega una nota donde dice que el tiempo para realizar los reclamos era cuando se hizo público el padrón provisorio, y que como no lo hicimos, "aceptamos y convalidamos" la inclusión en el cupo de empleados municipales, por lo que el descargo no era aceptado. (¿cómo? ¿mi descargo fue fuera de tiempo pero la denuncia del sindicato si estaba en tiempo?).-

01/10/10-Silvia Cook y el Intendente, me entregan una nota en la cual certifica que a ella nunca le informaron los pormenores de los requisitos de la resolución del IAPV, ni tampoco una copia de la misma.-

05/10/10-Se presenta el amparo ante la inminencia de la entrega de las casas, presentamos un amparo para que no se entregue la casa número 10 del barrio.-

06/10/10-El Juzgado, a cargo del Juez Ricardo Bonvin acepta dar curso al amparo.-

18/10/10-Se envía nota por correo a Aldaz, adjuntando la nota de Silvia Cooke.-

19/10/10-El Juez rechaza el amparo. No tubo en cuenta casi nada de lo que dijimos, ni lo confuso de la planilla, ni la nota de Silvia Cook. Solo tuvo en cuenta lo que dijo el abogado del IAPV y aquello de mis dichos que podían perjudicarme, como eso de las probabilidades. Alegó que no era la vía, que no se habían agotado los tramites administrativos ya que el abogado del IAPVCU dijo que el tramite estaba abierto. También agregó que no podíamos alegar desconocimiento de la ley porque esta se presume conocida. (art. 2 del C.C.). Por su parte, la abogada del Gobierno dijo que nunca había conocido del tema. (En realidad el Gobernador sí lo sabía).-

20/10/10-Comenzamos a averigüar. Llamo a la Oficina del Boletín Oficial de Paraná y me dicen que esa resolución no la habían publicado, pero que otras anteriores sí. Llamo al IAPV de Paraná y me confirman que esa resolución no se publicó en el boletín oficial, y que para obtener una copia había que pedirla por escrito. (no debería ser de facil acceso esa información, sin tanta burocracia?).-

15-11/10- 1 – Se entrega una nota en IAPVCU a modo de apelación, reclamando que se deje sin efecto la resolución que me quita la preadjudicación, informando de un caso similar (Matias Amarillo), haciendo notar la no publicación en el Boletín Oficial de la resolución 1217/09. Se pide la casa Nº 40 del segundo barrio que no tiene destino aun.
2 - Se entrega una nota en IAPVCU donde se solicita que se informe en qué numero del Boletín Oficial se publicó la Resolución Nº 1217/09 (nunca se obtiene respuesta)
3 – Ante la intimación de la Fiscalia de Estado, se abona los $525 de la Abogada de la provincia. Sin embargo nunca se rescibió notifiación al respecto de cómo debía hacerse el pago. El número de la cuenta que enviaron estaba mal.

16/11/10-Luego de la entrega de las viviendas (una de las cuales nos correspondía, sin dudas) nos entrevistamos con Aldaz y queda en evidencia que él no sabía toda la verdad. Nos dijo por ejemplo que en el recio de sueldo no figuraba que yo era el secretario del concejo, cuando en realidad era así y se lo mostramos. Nos dijo que ese no era el recibo que le habían mostrado. También dijo que ellos le habían entregado una copìa de la resolución 1217/09 en la Municipalidad, y le mostramos la nota de Silvia Cook. Así que reconoció que alguien se había equivocado. Nos dijo que no tenia nada en nuestra contra. Le preguntamos por la casa Nº 40 que aun no tiene dueño ya que no fue sorteada y se comprometió a estudiar el caso, aunque sin hacernos promesas.-


22/12/10-Se envía carta documento a IAPV Paraná, solicitando respuesta a la nota enviada el 15/11, dano por sentado que si no se recibe respuesta, se dara por finalizado el trámite administrativo (esto según lo expresado en el Amparo).-

04/02/11-Se abona al abogado de IAPVCE Sclezi, los $525

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